Las novedades que afectan a estos tres impuestos de la vivienda: IRPF, ITP, Sucesiones y Patrimonio

El Congreso de los Diputados ya ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que se ha remitido al Senado para su completa tramitación. Así, este proyecto supone una subida fiscal de las operaciones inmobiliarias en el IRPF, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el de Patrimonio.

Como recoge Idealista, estos cambios normativos que serán aprobados previsiblemente en la Cámara Alta supondrán, entre otras cosas, la reducción del 60% del alquiler en el IRPF si no se declara en la autoliquidación, así como la eliminación de los pactos sucesorios en materia de vivienda o los cambios en la valoración de inmuebles.

¿Cuáles son los cambios en la normativa del IRPF?

Este nuevo Proyecto Ley supone acabar con la reducción del 60% del alquiler del inmueble "a la que tenía derecho el propietario, aunque no hubiera incluido en la autoliquidación todos los ingresos", explican en Idealista. Hasta el momento era suficiente con declarar la existencia de la vivienda, pero a partir de ahora "solo los ingresos incluidos en la autoliquidación se tienen en cuenta para la reducción". 

De tal manera que se modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF y se incluye lo siguiente: "Esta reducción solo resultará aplicable sobre los rendimientos netos positivos que hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada antes de que se haya iniciado un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que incluya en su objeto la comprobación de tales rendimientos". 

Por otro lado, la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal también valora la eliminación del beneficio fiscal de los pactos sucesorios en el IRPF. "Hasta la fecha solo había que tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y no en el IRPF", aclaran en Idealista. Por tanto, se cambiaría el artículo 36 de la Ley del IRPF y, según esta nueva normativa, "el adquiriente de los inmuebles por pacto sucesorio deberá tributar en el IRPF si transmite los bienes antes de que fallezca el causante".

Nueva valoración de los inmuebles

Otro de los cambios que contempla la nueva normativa es que "la base imponible de estos dos impuestos ya no será el valor real de los inmuebles, sino su valor en el mercado", aclaran desde el portal inmobiliario. Así, el valor de referencia será el que determine la Dirección General del Catastro. En este sentido, el valor será calculado a partir de los precios en las transacciones de inmuebles y entrará en vigor en enero de 2022

"Esta nueva valoración de mercado será el valor de referencia de Catastro y, por tanto, afectará tanto al ITP, como al ISyD y al Impuesto sobre el Patrimonio. Así, el contribuyente deberá tributar por dicho valor al comprar, heredar o recibir una vivienda en donación", indican.

FUENTE: 20 minutos

https://www.20minutos.es/noticia/4721274/0/novedades-afectan-estos-impuestos-vivienda-irpf-itp-sucesiones-patrimonio/

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