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España amplía un año el plazo para acceder a las ayudas fiscales por rehabilitación de vivienda

  • Las deducciones fiscales en el IRPF, que finalizaban este ejercicio, podrán solicitarse hasta el cuarto trimestre de 2024

La Comisión Europea dio ayer su visto bueno definitivo a la adenda del plan de recuperación español, un rediseño del documento inicial que conlleva la concesión adicional de 93.500 millones de euros y que se justifica por el contexto fuertemente cambiante de los últimos dos años, que ha obligado a modificar la hoja de ruta original. La adenda suma un total de 59 cambios, entre los que encuentra la ampliación durante un ejercicio más del hito asociado a la rehabilitación energética del parque residencial español. Esta prórroga, que se dilata hasta el cuarto trimestre de 2024, implica a su vez una extensión del plazo para solicitar las deducciones fiscales previstas por acometer estas obras.

“España ha propuesto un cambio en la redacción para permitir no solo la finalización de las obras de renovación, sino también la decisión de otorgar ayuda para llevar a cabo dichas obras”, explica el documento difundido ayer por Bruselas. “Esto responde a retrasos causados por la lenta adopción de las líneas de ayuda para la renovación, ya que la inflación y los altos precios de los materiales llevaron a una demanda menor de la esperada para las obras de renovación”, añade el texto.

El plan, a grandes rasgos, establece tres tipos de deducciones en el IRPF, dos pensadas para las viviendas particulares y otra diseñada directamente para las intervenciones en edificios residenciales al completo.

En los dos primeros supuestos, en función de las obras y del impacto energético, las deducciones oscilan entre el 20% y el 40%, con un máximo de 5.000 y 7.500 euros anuales, respectivamente. En las comunidades de vecinos se llega a una deducción del 60% y un máximo de 15.000 euros.

El documento de la Comisión no detalla qué sucede con todas estas ayudas, pero fuentes de Hacienda explican que, “implícitamente”, la adenda reconoce el compromiso de ampliación temporal del período de disfrute de los incentivos fiscales, “puesto que se prevé que la pérdida de recaudación de esta extensión se financie con los préstamos” del plan . Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por su parte, avanzan que en relación a las desgravaciones fiscales los plazos también se han alargado. “Lo que hasta el momento estaba hasta el 2023 se pasa al 2024″.

Desde que el Plan de Recuperación inició su marcha, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha trabajado conjuntamente con Transportes para impulsar la rehabilitación residencial. Por ello, su presidenta, Marta Vall-llossera, explica que una ampliación del plazo “es bienvenida” y “debería estar acompañada de agilidad en la resolución de las ayudas y en información a la ciudadanía” para conocer el detalle de las ventajas fiscales y los beneficios que conlleva rehabilitar los inmuebles.

Por el momento, prosigue, a tenor de las estadísticas de visado de los Colegios de Arquitectos, los fondos dedicados a este objetivo “no se han desplegado y dinamizado lo suficiente en todas las comunidades autónomas”. En 2022 se rehabilitaron en España 34.525 viviendas, apenas un 35% más que las 25.554 intervenciones anotadas en 2019. Aunque es una mejora, “los datos están lejos de las 300.000 viviendas que sería necesario rehabilitar al año para alcanzar la neutralidad climática”.

Casos prácticos

Hace unos meses, el CSCAE y el Consejo General de Economistas presentaron una guía práctica para explicar el impacto de las deducciones. En ella se incluían varios casos prácticos que permiten cuantificar el ahorro de estas desgravaciones. Uno de ellos parte de una actuación de rehabilitación integral en un edificio de 20 viviendas, así como en el interior de estas. El coste total de la obra ejecutada en el edificio asciende a 600.000 euros, con una subvención de 376.000 euros. Cada propietario, por ello, tiene que asumir un gasto de 30.000 euros. Sin embargo, entre las subvenciones directas y las deducciones totales por IRPF el propietario obtendría un total de 25.520 euros, por lo que el coste final de la obra ascendería únicamente a los 4.480 euros.

Otro caso es el relativo a una obra ejecutada en la vivienda habitual y que reduce la demanda de calefacción y refrigeración en un 10%. La cuantía de la actuación asciende en este caso a los 5.000 euros y se ha obtenido una subvención directa de 2.000 euros, a la que se suma una bonificación del 20% que supone un ahorro de 600 euros más. El coste real de la intervención, por ello, baja a los 2.400 euros.

En la guía, los economistas y arquitectos recalcan que “las tres deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra”. Pero sí “son compatibles la deducción del 60% por las cantidades invertidas en la rehabilitación de edificios con las deducciones del 20% o del 40% por actuaciones en la vivienda particular, siempre considerando que se trata de obras diferentes”.

FUENTE: CincoDías

https://cincodias.elpais.com/economia/2023-10-03/espana-amplia-un-ano-el-plazo-para-acceder-a-las-ayudas-fiscales-por-rehabilitacion-de-vivienda.html

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Los gobiernos europeos pactan suavizar la normativa Euro7 para las emisiones de los coches

  • Los 27 se proponen retrasar la entrada en vigor de la normativa 'Euro7'. Los nuevos estándares para turismos y vehículos pesados se aplicarían en 2027 y 2029

Los gobiernos de los 27 han acordado este lunes en Bruselas intentar suavizar las condiciones y la entrada en vigor de lo que se conoce como normativa "Euro 7" para rebajar las emisiones contaminantes de los coches, furgonetas y camiones. "La industria del automóvil se está enfrentando a desafíos sin precedentes relacionados con las consecuencias de la guerra en Ucrania, el acceso limitado a las materias primas y el importante aumento de los precios de la energía", ha explicado el ministro de Industria, Héctor Gómez, que se he encargado de dirigir la sesión al ostentar España la presidencia rotatoria del Consejo de la UE. "Teniendo en cuenta estos factores, ha sido especialmente importante encontrar un término medio entre la necesidad de mejorar la calidad del aire y proteger la salud humana, por un lado, y lograr que la industria europea del automóvil siga siendo competitiva en la escena mundial, por otro", ha explicado Gómez.

La orientación de hoy de los ministros no prejuzga el resultado final, porque el proceso está todavía en marcha. Los detalles que se están discutiendo son esencialmente técnicos. Pero el trasfondo no puede ser más político. En la UE el proceso no es como en un país. La Comisión Europea, que tiene la iniciativa legislativa, es la que hace las propuestas de directivas, y la que presentó en noviembre sus ideas para actualizar el reglamento Euro 6 y pasar al Euro 7. Desde ese momento empezaron dos trámites en paralelo. Por un lado, el Consejo, esto es, los ministros de los 27 países, empezaron a debatir entre ellos para fijar su propia posición. Por otro, los eurodiputados hacen lo mismo. Hoy, los ministros del ramo han consensuado una línea, que aboga por retrasar la entrada en vigor de esos reglamentos desde el 2025 que estaba originalmente sobre la mesa hasta el 2027 para el caso de los coches, y a 2029 para los camiones. Y cuando la Eurocámara cierre su propia posición empezarán los llamados 'trílogos', la negociación final para dar luz verde.

En líneas generales, los 27 mantienen las orientaciones que propuso la Comisión Europea. Y además, los objetivos que se pactaron en su momento para la reducción de emisiones paulatina y la prohibición definitiva de venta de vehículos de combustión en 2035 se mantiene. Lo que está peleándose, entre las presiones de la industria y de las ONG, es el camino, ciertos umbrales, las fechas y cuestiones como los nuevos límites de partículas para frenos y neumáticos para mitigar las emisiones de CO2 de los vehículos y la liberación de partículas contaminantes, algo que seguirá siendo esencial más allá e 2035.

La propuesta inicial presentada por la Comisión Europea contaba con la oposición frontal de un bloque de ocho países (Francia, Italia, República Checa, Bulgaria, Hungría, Polonia, Rumanía y Eslovaquia), que atendiendo a las peticiones, exigencias o quejas de la Industria y su potente lobby denunciaban que los costes adicionales de esta reglamentación serían muy lesivas. Sobre todo porque la transición para cumplir con el objetivo último dentro de 12 años ya era de por sí complicada. Así que esos países abogan por no poner trabas adicionales que puedan distraer de la meta más importante.

La propuesta de Reglamento para la homologación de vehículos de motor y motores, y de sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, cubre por primera vez a turismos, furgonetas y vehículos pesados en un único acto jurídico. El enfoque general del acuerdo de los ministros mantiene los límites de emisiones y las condiciones de prueba existentes para los vehículos ligeros. En el caso de los vehículos pesados, los límites de emisiones son más bajos y las condiciones de prueba se adaptan ligeramente respecto a la propuesta de la Comisión.

El Consejo sugiere una serie "de cambios pragmáticos". Así, mantiene "las condiciones de prueba y los límites de emisiones existentes" según lo que ya fijaba Euro 6, para turismos privados y furgonetas. En el caso de los vehículos M2 y M3 (autobuses y autocares), y de los vehículos N2 y N3 (vehículos comerciales pesados), los límites de emisiones serían algo más bajos y las condiciones de prueba se "ajustarían ligeramente, en comparación con Euro 6/VI", dice lo pactado. "También establece plazos claros para la adopción de actos de ejecución (por parte de la Comisión) con el fin de proporcionar a los operadores económicos claridad y seguridad jurídica", dicen los ministros.

Según la presidencia española, en palabras de Héctor Gómez, el texto acordado goza de un "compromiso cuidadosamente equilibrado" entre protección del medioambiente y la salud y competitividad industrial. La siguiente fase será dentro de unas semanas o meses, ya no bajo presidencia española, con la esperanza de lograr un acuerdo antes de que termine la legislatura europea en primavera, justo antes de las elecciones de junio de 2024.

FUENTE: El Mundo

https://www.elmundo.es/economia/2023/09/25/651179c1e4d4d8095c8b4576.html

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La vivienda heredada ya supone el 23% de la oferta en el mercado por el coste fiscal y el miedo a alquilar

  • Supone un incremento de dos puntos porcentuales respecto al año pasado. Un tercio de los herederos que venden lo hacen por motivos personales

Las herencias de vivienda se han disparado en este año. En los primeros seis meses se han registrado 107.073 operaciones, la mayor cifra de la serie histórica, que parte del 2007. Sin embargo, así como esta cifra ha aumentado, también lo han hecho el número de herederos que prefieren poner la casa a la venta y ahora suponen el 23% de la oferta en mercado, según los datos publicados este miércoles por el portal inmobiliario Fotocasa. La cifra supone un crecimiento de dos puntos porcentuales respecto al año anterior.

Hay tres motivos principales por los que las familias prefieren vender la vivienda heredada: evitar problemas con el pago del alquiler, que les resulta imposible asumir los costes fiscales y otros motivos personales. El miedo a alquilar ha aumentado en 13 puntos porcentuales respecto al año anterior, pasando del 14% al 27%. Mientras que las dificultades para hacer frente al impuesto de sucesiones y donaciones (ISD) ha crecido 5 puntos, pasando del 11% al 16%. Además, hay el mismo número de herederos que consideran que la falta de beneficios fiscales no compensa los riesgos que supone poner la casa en alquiler. En cambio, lo único que ha caído, y de manera abrupta, son los causas personales, que pierden 18 puntos desde 2020 y ahora solo suponen un 32% de los encuestados.

Un poco más abajo, con un 15%, está el motivo de desear comprar otra vivienda. Además, estos vendedores que han heredado se diferencian del resto porque le dan más importancia a los potenciales problemas del alquiler y a las dificultades para asumir los costes que genera una vivienda.

Herencias en el mercado

En una visión general, el análisis del portal inmobiliario muestra que las viviendas heredadas constituyen el 17% de la oferta disponible tanto para vender o alquilar en el mercado. La cifra supone un incremento de dos puntos porcentuales respecto al año anterior, cuando era del 15%. Su peso, sin embargo, es mucho mayor del lado de las compraventas, pues entre los arrendadores solo hay un 11% que han recibido en herencia la vivienda objeto de la operación.

“Las viviendas heredadas constituyen un volumen muy relevante en la oferta disponible. Es positivo que salgan al mercado, tanto al de la compra como al del alquiler, ya que en ambos el parque de vivienda es insuficiente. Sin embargo, la mayor tensión ocurre en el arrendamiento, justamente donde se produce uno de los cambios más significativos con respecto al año pasado”, ha explicado María Matos, directora de Estudios y portavoz de Fotocasa.

El análisis sugiere que el mercado de las rentas está perdiendo una gran vía de ampliación de la oferta en alquiler e incluso se está reduciendo respecto a los niveles prepandemia. La merma la achacan a que la administración pública sigue sin dotar a los propietarios de la suficiente seguridad jurídica que necesitan y en cambio, “han obrado en dirección contraria con normas poco acertadas como la ley de vivienda”.

FUENTE: CincoDías

https://cincodias.elpais.com/economia/2023-09-13/la-vivienda-heredada-ya-supone-el-23-de-la-oferta-en-el-mercado-por-el-coste-fiscal-y-el-miedo-a-alquilar.html

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Consumo abre otro expediente a las aerolíneas por carecer de teléfonos de contacto gratuitos

  • La denuncia se suma a la presentada la semana pasada por el cobro de los equipajes de mano

El Ministerio de Consumo anunció este martes la incoación de expedientes sancionadores a varias aerolíneas (sin especificar cuáles) por no disponer de un teléfono de atención gratuita para los clientes o, en caso de tenerlo, por obstaculizar el acceso de los usuarios al mismo, lo que “supone un incumplimiento de las obligaciones legales en materia de servicios de atención al cliente”, ha indicado el departamento.

La normativa precisa que el teléfono debe ser accesible a todos los consumidores y tener carácter gratuito (los números geográficos o de tarificación especial, por ejemplo, no son válidos). Los teléfonos gratuitos son los que comienzan por los prefijos 800 o 900, denominados “servicios de cobro revertido automáticos”. El transporte aéreo, al tener la consideración de servicio básico de interés general, obliga a que las empresas prestadoras tengan que disponer de una línea de estas características, explica el Ministerio. La norma entró en vigor tras la modificación realizada en la última legislatura de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios, con el objetivo de dar protección a las personas consumidoras vulnerables.

Estas irregularidades podrían ser multadas por ser infracciones leves o graves, que conllevan penalizaciones de entre 150 y 10.000 euros, en el caso de las primeras, y entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves. Si el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones leves; y entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las graves.

El departamento que dirige Alberto Garzón ya abrió la semana pasada un expediente a varias aerolíneas de bajo coste por cobrar por el equipaje de mano transportado en cabina. Según FACUA-Consumidores en Acción, la asociación que presentó la denuncia, entre las compañías expedientadas están Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea.

Habrá que esperar a la resolución definitiva de ambos expedientes porque el Ministerio de Consumo ha anunciado durante su mandato acciones contra los supuestos abusos de las aerolíneas que no han tenido ningún efecto real. Uno de los que más repercusión tuvieron fue el anuncio en junio de 2020, en plena pandemia del coronavirus, de una denuncia en los tribunales a 17 aerolíneas por no haber informado correctamente a sus clientes de la opción del reembolso por los vuelos cancelados. Sin embargo, no se ha vuelto a tener noticia de esas presuntas denuncias y de su resultado, sin que el departamento de Garzón haya informado del asunto desde entonces.

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/2023-08-08/consumo-abre-otro-expediente-a-aerolineas-que-carecen-de-telefonos-de-contacto-gratuitos.html

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El euríbor sube al 4,15% en julio y las hipotecas variables encarecen hasta 250 euros al mes

  • Las cuotas de las hipotecas han subido un 64% en los dos últimos años.

El euríbor continúa creciendo y cierra julio en el 4,15%, escalando más de una décima con respecto al mes anterior. Esta subida afecta a unos cuatro millones de hogares españoles con hipotecas a tipo variable, que podrán ver encarecidos sus préstamos en unos 250 euros. El Banco Central Europeo (BCE) no ha dejado de encarecer los tipos de interés oficiales para contener la inflación.

La media de este indicador a 12 meses, la principal referencia para actualizar los préstamos variables, superó en junio la barrera del 4%. Esto no ocurría desde hace unos 15 años. En noviembre de 2008 se registró el euríbor mensual más alto, en un momento delicado para el país, que estaba a punto de entrar en una crisis financiera.

En los últimos meses, ha sufrido una escalada constante. En diciembre de 2021, se situaba en -0,502, mientras que en enero de 2023 ya estaba en los 3,337. En julio de 2022, el euríbor alcanzaba el 0,992%, tres puntos por debajo de la cifra actual. Las consecuencias de estos incrementos se notan en los hogares, afectados por una subida de cuota del 64% en poco más de dos años. Los expertos consideran que en los próximos meses el euríbor se moverá en un rango entre el 4 y el 4,25%.

La previsión es que se mantenga al alza durante este segundo semestre de 2023 y todo el 2024, aunque dependerá de la evolución de la inflación. En caso de que esta bajada no se produzca, a finales de este año, el euríbor podría situarse en torno al 4,5%.

l impacto sobre el mercado hipotecario ya está siendo visible. El tipo medio de los préstamos con saldo vivo en España ha pasado del 1,14% en abril de 2022 al 2,86% en abril de este año. Las nuevas hipotecas que se están firmando estos meses tienen un interés medio del 3,6%, más del doble que se registraba hace tan solo un año atrás.

FUENTE: 20minutos

https://www.20minutos.es/noticia/5161135/0/euribor-sube-4-15-julio-las-hipotecas-variables-encarecen-hasta-250-euros-mes/

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¿Cuáles son los principales cambios y efectos de la ley de vivienda que afectan a propietarios?

  • La nueva ley que regula el derecho a la vivienda introduce cambios que pueden generar efectos tanto en el mercado del alquiler como en el de la compraventa de inmuebles

En el panorama inmobiliario español, llega una nueva ley para cambiar las reglas del juego. Se trata de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, conocida hasta ahora como Ley de Vivienda. Su entrada en vigor se produjo oficialmente el viernes 26 de mayo de 2023, tras ser publicada el día anterior en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

Sin embargo, no es una normativa cualquiera. Esta no solo ha sido objeto de múltiples meses de negociaciones y disputas, sino que también trae consigo importantes modificaciones que afectan a la hora de alquilar un inmueble. Una ley que, como veremos a continuación, repercutirá tanto a propietarios como a inquilinos. 

El dilema de las nuevas zonas tensionadas

Si hay una medida cuyo debate ha estado en boca de todos estos últimos meses, esa es la redefinición de las nuevas zonas tensionadas. La Ley 12/2023 otorga la potestad a las comunidades autónomas para decidir si declara ciudades, municipios o áreas territoriales como zonas de mercado residencial tensionado bajo ciertos criterios. Entonces, ¿cuáles son, exactamente?

Por el momento, los requisitos son dos, de los cuales tan solo haría falta cumplir uno de ellos para ser considerado como zona tensionada. Por un lado, que el coste del alquiler o de la hipoteca en la zona sea superior al 30% de los ingresos medios en los hogares. Por otro, que el precio del alquiler de la vivienda haya tenido un porcentaje de crecimiento acumulado al menos un 3% superior al IPC de la Comunidad Autónoma en concreto.

Para los propietarios de viviendas arrendadas en estas zonas, la nueva ley puede generar un impacto significativo en sus contratos. El motivo principal: la nueva legislación plantea una serie de medidas única y exclusivamente aplicables a los alquileres ubicados en zonas tensionadas.

Medidas que afectan a las zonas tensionadas

No todo es tan simple como parece, por lo que la designación de una zona tensionada no se reducirá tan solo a una etiqueta superficial. El estatus va más allá y se traduce en la implementación de una serie de medidas cuyo propósito es regular, aún más si cabe, el mercado del alquiler.

Así, la nueva legislación sobre el derecho a la vivienda contempla una serie de acciones que tan solo se aplicarían en las zonas tensionadas y, por consiguiente, en todos los arrendamientos que las conformen. Unas pautas que deberán seguir tanto los nuevos alquileres como los anteriores a la entrada en vigor de la Ley 12/2023.

La primera de estas medidas es la creación de una prórroga obligatoria extraordinaria. El inquilino podrá solicitar este recurso al finalizar el contrato de alquiler en el plazo inicial de cinco o siete años. Eso sí, la validez será anual y podrá extenderse hasta un máximo de tres años. Un período que, trasladado a zonas no tensionadas, se reduce a tan solo un año, siempre y cuando el arrendatario acredite estar en situación de vulnerabilidad y el arrendador sea un gran tenedor

Dentro de las nuevas regulaciones, se establece un límite máximo del 10% en el incremento de la renta en nuevos contratos. Esta limitación se aplicará en dos casos: cuando se realicen obras de rehabilitación o mejoras en la vivienda, y en contratos con una duración superior a diez años. Además, los grandes tenedores no podrán fijar una renta inicial que supere el límite máximo establecido por los índices de precios de referencia.

Al mismo tiempo, el propietario no podrá atribuir al inquilino nuevos gastos o cuotas que no constaban en el anterior contrato. 

Medidas que afectan a todos los alquileres

Independientemente de que una zona sea tensionada o no, la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda también plantea cambios que influyen en todos los contratos de alquiler. En un intento por regular el mercado, entran en marcha los siguientes puntos clave que los propietarios no pueden pasar por alto.

Una de las medidas más relevantes es el establecimiento de un límite de actualización de la renta al 3% para el año 2024. De cara a 2025, la creación de un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos entrará en sustitución del IPC y supondrá su desvinculación final del precio del alquiler. Hasta finales de 2023, se mantendrá el límite del 2%.

Otra de las novedades es la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para el pago de la renta. Mediante este proceso, el trámite pasará a ser más seguro tanto para inquilino como para propietario. 

Finalmente, se establece que los gastos de gestión inmobiliaria, así como los de la formalización de contrato, correrán a cargo del propietario. Habrá que prestar atención a esta medida, pues aunque busque aliviar la carga financiera de los inquilinos, sus efectos podrían generar desafíos financieros para los propietarios en términos de rentabilidad y costes.

Nuevos incentivos fiscales en el IRPF

Entre las grandes novedades que encontramos en la ley de vivienda, no hay que dejar pasar la actualización de los incentivos fiscales. Estos serán aplicables a todas las viviendas en alquiler en España, aunque cabe destacar que las nuevas condiciones tan solo aplicarán a los contratos de alquiler efectuados a partir del 26 de mayo de 2023.

Entonces, la reducción generalizada del rendimiento neto positivo pasará del 60% al 50%, y podrá escalar en función de las condiciones que se cumplan. Por ejemplo, la reducción máxima, del 90%, se efectuará cuando el propietario de un inmueble en zona tensionada formalice un nuevo contrato de alquiler con una reducción de la renta de más del 5% respecto al anterior.

Los efectos colaterales de la ley de vivienda

Tras el objetivo de generar una mayor estabilidad en los precios del alquiler, los propietarios podrían verse desmotivados a la hora de invertir en propiedades para alquilar. Así lo explica el Responsable de Grandes Cuentas de Real Estate y embajador de Housfy, David Gordo: “la nueva ley puede generar indecisión en los propietarios, hecho que desencadenaría un aumento en la venta de viviendas y un desequilibrio del mercado inmobiliario”.

Son muchos los arrendadores que consideran que los límites de precios restringen su capacidad de obtener un retorno adecuado de su inversión. Al fin y al cabo, los límites en el incremento de la renta pueden limitar, valga la redundancia, la capacidad de ajustar los precios a las condiciones actuales.

Estas medidas pueden suponer un cambio en la forma en que los propietarios gestionan sus propiedades de alquiler. Por ende, podríamos estar ante una disminución de la oferta de viviendas en alquiler en el mercado, lo que a su vez haría aumentar la competencia entre los inquilinos por las propiedades disponibles. Habrá que prestar especial atención a cómo se desarrollan las nuevas medidas en los próximos meses, y años.

FUENTE: LA VANGUARDIA

https://www.lavanguardia.com/economia/legal/20230607/9022733/principales-cambios-efectos-ley-vivienda-afectan-propietario-mkt-hfy.html

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Trabajo envía 102.000 cartas a empresas recordando la ley contra los golpes de calor

  • Las misivas son un aviso ante posibles sanciones: "La obligación legal de adaptar los horarios es imprescindible"

El Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, ya ha enviado 102.000 cartas a empresas para recordar la nueva legislación en cuanto al trabajo durante olas de calor. 

La semana pasada fallecía un agricultor de 46 años en Ciudad Real, en plena ola de calor. No era el primer trabajador en morir este verano. Unos días antes, otro agricultor se dejaba la vida en Sevilla por el mismo motivo. "El cambio que hemos realizado en la normativa va en la buena dirección. Los planes preventivos y que se prohíba trabajar a ciertas horasy con la obligación legal de adaptar los horarios es imprescindible", señalaba este martes el Secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, durante la rueda de prensa por los datos de desempleo en España. l Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, ya ha enviado 102.000 cartas a empresas para recordar la nueva legislación en cuanto al trabajo durante olas de calor. 

La semana pasada fallecía un agricultor de 46 años en Ciudad Real, en plena ola de calor. No era el primer trabajador en morir este verano. Unos días antes, otro agricultor se dejaba la vida en Sevilla por el mismo motivo. "El cambio que hemos realizado en la normativa va en la buena dirección. Los planes preventivos y que se prohíba trabajar a ciertas horasy con la obligación legal de adaptar los horarios es imprescindible", señalaba este martes el Secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, durante la rueda de prensa por los datos de desempleo en España

Rey confirmó el envío de misivas a las empresas, algo que, pese a que el cambio legal se puso en marcha este mes de mayo, ya se había hecho los dos veranos anteriores. "Esta nueva norma permite al ministerio trabajar con esta seguridad", dijo el secretario, que además añadió que "se está trabajando al máximo para mitigar estas terribles muertes provocadas por el cambio climático". 

El calor aumenta la siniestralidad laboral

En este sentido, según un informe elaborado por el Instituto de Salud Global de Barcelona, el calor aumenta la siniestralidad laboral hasta un 10%, siendo los sectores más afectados por esta circunstancia la agricultura y la construcción.

Según el estudio, el calor excesivo también actúa como factor desencadenante de otros siniestros laborales. Así, cuando la temperatura supera los 28 grados aumentan significativamente los actos inseguros y errores humanos, debido a las dificultades para descansar, a la disminución de la concentración, al aumento de las distracciones y a ralentización en la capacidad de respuesta causadas por el calor.

En 2022, el sistema de Vigilancia de la Mortalidad diaria (MoMo), gestionado por el Centro Nacional de Epidemiologia (CNE) del Instituto de Salud Carlos III, estimó que en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2022 hubo 4.744 defunciones atribuibles al exceso de temperatura a nivel nacional. Un 47% de ellas se produjeron en el mes de julio.

FUENTE: 20minutos

https://www.20minutos.es/noticia/5144704/0/trabajo-envia-102-000-cartas-empresas-recordando-ley-contra-los-golpes-calor/

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Consejos prácticos para evitar conflictos familiares en la gestión de una herencia

  • Hacer un testamento es una de las claves para evitar posibles futuros conflictos al respecto.

¿Cuántas veces hemos escuchado un caso de pelea o ruptura familiar como consecuencia de una herencia? Por desgracia es algo muy común y que suele fragmentar las relaciones entre hermanos, primos y otros familiares. 

Desacuerdos por el reparto económico, por los bienes con gran valor personal o por las quejas y reclamaciones sobre el cuidado del fallecido, ya que es frecuente que algún miembro de la familia se haya hecho un mayor cargo del cuidado del difunto durante sus últimos años de vida. Sin embargo, existen varios consejos que pueden ser de gran utilidad para evitar posibles conflictos futuros por la gestión y reparto de la herencia.

EL TESTAMENTO, UNA CLAVE FUNDAMENTAL

En España, las herencias pueden ejecutarse de dos maneras diferentes: mediante testamento o sin testamento. Para evitar conflictos, lo más recomendable es realizar un testamento, puesto que será el testador el que reparta los bienes, aunque es cierto que en España no existe plena libertad para este reparto. Sin embargo, y teniendo en cuenta los condicionantes de la Ley, el reparto vía testamento suele dejar menos lagunas y vías de posibles conflictos que acaben, incluso, en manos de un juez.

Así las cosas, lo primero de todo es realizar un testamento ante notario. Es un proceso relativamente barato, de unos 60 euros, que puede merecer mucho la pena porque abogados y notarios serán los encargados de cumplir las últimas voluntades de la persona fallecida. De esta manera, si la partición de los bienes es correcta, los herederos deben acatar este reparto. De hecho, a veces también puede ser recomendable designar a un contador partidor, que es una persona sin intereses en cuanto a la herencia y de confianza del fallecido – un amigo, por ejemplo – para que actúe como persona encargada de ejecutar lo escrito.

A la hora de hacer el testamento, uno de los aspectos legales que siempre se deben tener en cuenta es el reparto de patrimonio en base a los establecido en la normativa española. De acuerdo con el Derecho civil, dos tercios de la herencia deben ser para los legitimarios, que son los descendientes de esa persona. Mientras que el último tercio se puede distribuir según se considere, por ejemplo, para donarlo a una causa beneficia o a un amigo o cuidador.

LA IMPORTANCIA DEL ALBACEA

Aunque no es obligatorio, contar con un albacea, o mejor dos o tres, es muy recomendable. Se trata de una figura de confianza para que se cumplan las últimas voluntades y se eviten conflictos. De esta manera, en caso de que haya problemas con el reparto, el albacea será quién pueda mediar y determinar cómo se reparte la herencia, si por falta de detalle genera algún conflicto.

Además, el albacea es un cargo gratuito, que no supone un gasto mayor, a no ser que por propia voluntad se deje por escrito el pago de alguna cantidad. Aunque, sí que puede recuperar los gastos en los que incurra por cumplir con sus funciones de albacea, como desplazamiento u horas de trabajo. También es bueno mencionar que el albacea puede ser uno de los herederos o no. A veces puede ser un amigo o alguien del entorno familiar que no vaya a heredar nada.

LOS BIENES CON VALOR PERSONAL

Cuando se piensa en una herencia y en hacer un testamento, generalmente se piensa en el reparto patrimonial a nombre del difunto. Sin embargo, muchas veces se pasa por alto establecer un reparto de determinados bienes que pueden tener mucho valor sentimental o personal. Como puede ser una joya, una prenda de vestir, un retrato…

En este caso, si existen bienes de este tipo, lo más recomendable para evitar posteriores conflictos familiares es realizar la partición dentro del testamento. De esta manera, los notarios, abogados y albaceas serán los encargados de efectuar estas últimas voluntades.

LA IMPORTANCIA FISCAL

Por último, es importante siempre tener en mente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que hay que abonar cuando se heredan unos bienes que superan ciertas cantidades monetarias. En este caso, una mala planificación en este sentido puede terminar generando una renuncia de la herencia y, con ello, una pérdida de una parte del patrimonio. Por ejemplo, si heredamos una finca y para recibirla tenemos que abonar 50.000 euros en el impuesto, que no tenemos, lo posible es que terminemos renunciando a la herencia y a la finca. Por tanto, este aspecto también se debe tener en cuenta a la hora de hacer una herencia y evitar conflictos con ella.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/legal/20221221/8643672/6-preguntas-frecuentes-sobre-ley-segunda-oportunidad-ley-segunda-oportunidad-abogados-mkt-ilg.html

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Abierto el plazo para el Bono Cultural: estas son las fechas y quién puede pedirlo

  • En esta edición, sigue siendo necesario la posesión de un certificado digital o Cl@ve PIN para acceder al trámite, un paso que el año pasado dificultó el proceso de expedición

Ya está en marcha la segunda convocatoria del Bono Cultural Joven. Las personas nacidas en 2005, que cumplen 18 años en 2023, pueden solicitar a partir de este martes la ayuda de 400 euros que el Gobierno ofrece para incentivar la cultura entre los jóvenes. El plazo acaba el 30 de septiembre y el ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha instado a los futuros beneficiaros a pedirlo cuanto antes porque “aunque parezca mucho tiempo, los días pasan rápido”. Con el dinero podrán comprar y disfrutar de productos, servicios y actividades culturales.

Al programa tienen derecho los jóvenes de 18 años nacidos en España, así como aquellos que disponen de residencia legal, solicitantes de asilo, desplazados temporales o extutelados. Para pedirlo deben registrarse en la página web del ministerio y rellenar la solicitud. Los interesados pueden realizar el trámite personalmente o mediante un adulto, para lo cual es preciso adjuntar el formulario de representación descargable en la página web. Pero todos ellos deben pasar por el proceso mediante certificado digital o Cl@ve PIN o permanente. Una medida que el año pasado dio problemas a unos jóvenes que se enfrentan, en muchos casos, por primera vez a la burocracia. De hecho, el año pasado se habilitó hacer la gestión a través de correos de manera presencial, sin necesidad de certificados, para agilizar el proceso.

Desde el ministerio explican a este periódico que por este motivo llevan haciendo desde enero campaña para que los nacidos en 2005 consigan los certificados. El objetivo era que no colapsaran, como pasó el año pasado, las agendas de las instituciones que expiden estos certificados en estos meses de verano. Para ello, también han puesto en conocimiento la posibilidad de acreditar su identidad mediante videollamada o DNI electrónico, mecanismos con los que trabaja la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

La medida cuenta con más de 3.000 establecimientos adheridos y funciona con una tarjeta de prepago que el joven puede tener de forma virtual en su móvil o recibir de forma física en su casa. Para garantizar que todos los sectores culturales se beneficien de esta ayuda, el ministerio ha vuelto a dividir el gasto en tres tramos. De los 400 euros, 100 se pueden gastar en productos físicos como libros o discos, otros 100 en artículos digitales como videojuegos o podcast y 200 en artes escénicas. En este último grupo hay una novedad: esta edición entran los espectáculos taurinos. El Tribunal Supremo anuló, por falta de justificación, la exclusión de los toros de la lista de actividades.

En 2022, las cifras de beneficiarios alcanzaron a un total de 281.557 jóvenes —aunque hubo casi 400.000 inicios del proceso—, un 43,4% del total de las personas de esta edad. Y la ayuda económica cubrió 911.267 compras por un valor de 32,9 millones de euros.

FUENTE: EL País

https://elpais.com/cultura/2023-06-13/abierto-el-plazo-para-el-bono-cultural-estas-son-las-fechas-y-quien-puede-pedirlo.html

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Si quieres comprar casa toma nota: estas son todas las ayudas a la vivienda de 2023

  • Te contamos cuáles son las ayudas que puedes solicitar para la compra de una vivienda

Si estás pensando en comprar una vivienda, pero debido a la actual situación económica que vive el país aún no te atreves a dar el salto, debes tener en cuenta cuáles son las principales ayudas que se conceden actualmente en España para la compra de un inmueble.

El Gobierno ofrece ayudas para jóvenes que decidan independizarse, personas con escasos recursos y familias numerosas, entre otras. Incluso, ofrece dinero repoblar aquellas zonas amenazadas por la despoblación. Te contamos cuáles son las ayudas a la que puedes optar si decides dar el salto y comprar una vivienda este año:

Ayudas para jóvenes en una población de menos de 10.000 habitantes

Vivir en una zona rural es una opción para aquellos que quieren salir de las grandes ciudades, vivir más tranquilamente o escapar de la contaminación que invade las capitales españolas. Para facilitar al cambio y luchar contra la amenaza de la despoblación en estas zonas, el Gobierno ofrece ayudas económicas para viviendas situadas en el interior de España.

El Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 incluye ayudas de hasta 10.800 euros para aquellos jóvenes de menos de 35 años que decidan adquirir una vivienda habitual y permanente en poblaciones de menos de 10.000 habitantes, siempre y cuando el inmueble no sobrepase los 120.000 euros.

Entre otros requisitos, los solicitantes deberán contar con unas rentas anuales que no superen los 24.318 euros. Además, se deberá contar con un contrato de compra de vivienda en un municipio de pequeño tamaño, posterior al 1 de enero de 2022.

Tras su aprobación, el interesado deberá presentar la escritura pública de propiedad o el contrato privado de compra en un plazo de tres meses. Asimismo, será imprescindible que la vivienda adquirida sea la residencia habitual por un plazo mínimo de 5 años tras la compra.

Ayudas para familias numerosas

Las familias numerosas pueden optar a más ayudas. Las familias con tres o más hijos pueden disfrutan de diversas ayudas estatales y autonómicas para cubrir las necesidades y gastos que supone la crianza. Además, tienen deducciones en el IRPF que se suman a las deducciones fijadas por las comunidades autónomas, tal y como recoge Bankiter en su blog.

Para la compra de una vivienda, las familias numerosas tienen un descuento de un 4% en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es el que se paga cuando se trata de una compra de segunda mano entre particulares y que varía según la comunidad en la que se ubique la vivienda.

Ayudas por CCAA

Los gobiernos autonómicos también ofrecen ayudas específicas para cada región. Para consultarlas, la Federación Española de Familias Numerosas pone a disposición un buscador de prestaciones a nivel estatal, regional y local.

Así, Andalucía contempla una prestación pública a familias numerosas en viviendas de protección oficial: se establece un cupo del 5% para viviendas de más de 100m2 en régimen general. Las familias numerosas con ingresos por debajo (2,5 IPREM -situado en los 600 euros mensuales-) se beneficiarán de una reducción en la cuota del préstamo de 50 euros por cada 10.000 euros de préstamo.

En Galicia conceden una bonificación del 50% en el canon del agua; mientras que en el País Vasco, las familias numerosas con tres o más hijos, cuentan con una ayuda del 6% del valor de tasación de la vivienda, más 600 euros por cada hijo a partir del tercero con un tope, en función de los ingresos ponderados, de 4.684 euros o 10.098 euros.

FUENTE: Economía Digital

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